Prometida durante la campaña presidencial de 2019 y enviada al Congreso tres días después de la dura derrota electoral de las PASO, la ley de promoción de inversiones hidrocarburíferas de la administración de Alberto Fernández cosechó en poco tiempo un doble rechazo proveniente de los especialistas energéticos opositores y los propios senadores nacionales del oficialismo que representan a las provincias petroleras.
Conducido por el ex secretario del área energética, Jorge Lapeña; el Instituto General Mosconi (IAE) salió con los tapones de punta a bajarle el pulgar al proyecto que llegó al Senado con las firmas del ministro de Economía, Martín Guzmán y el titular de Energía, Darío Martínez.
El IAE advirtió que la iniciativa oficial “compromete recursos fiscales que el Estado no posee, concede beneficios por largos períodos de tiempo, tiene un diseño institucional que no es transparente, crea inequidades que serán motivo de reclamo y, además, se contrapone con criterios elementales de la transición energética”.
“El proyecto comprende 8 programas o regímenes de promoción que se presentan como novedosos, pero que en realidad repiten incentivos que fracasaron en los últimos 7 planes de promoción implementados en los últimos ocho años”, destacó el IAE.
Por medio de un documento, los técnicos del Instituto Mosconi fundamentaron su rechazo al nuevo régimen de inversiones hidrocarburíferas en los siguientes siete puntos clave:
–El proyecto incluye la promoción por 20 años de la producción de petróleo y gas: fija precios de referencia de forma discrecional, garantiza volúmenes de exportación y libre disponibilidad del 50% de las divisas generadas y otorga desgravaciones impositivas que se definen en base a parámetros sobre los cuales el Estado ha demostrado escasa capacidad de control y auditoría.
–Discrimina positivamente al sector de hidrocarburos y sus derivados en detrimento de otros sectores de la economía. Establece un régimen fiscal, regulatorio, cambiario y económico ad hoc y deja amplios espacios de discrecionalidad para la autoridad de aplicación.
–Los programas de promoción perpetúan en el tiempo el actual mecanismo de formación de precios de la energía que desacopla el precio que paga la demanda del que recibe la ofertan y generan una diferencia que se cubre con crecientes subsidios que el Estado Nacional no tiene posibilidad de financiar.
–Con el objetivo de reducir el costo de financiamiento, un “Consejo de Inversiones” de amplias facultades definirá y priorizará proyectos a los que asignará beneficios. Este Consejo no tiene prevista ninguna representación provincial, desconociendo así el dominio original de los recursos naturales en sus territorios establecido en el artículo 124 la Constitución de 1994 y en las leyes posteriores.
–En ausencia de un plan energético integral, el mecanismo promocional previsto por el proyecto carece de la transparencia necesaria y no asegura la asignación eficiente de recursos. Asimismo, no está limitada la aplicación de avales por parte del estado nacional, ni el financiamiento con fondos públicos o provenientes del Fondos de Garantía del ANSES de proyectos sin estudios de factibilidad completos, como por ejemplo los nuevos gasoductos a Vaca Muerta incluidos en el presupuesto nacional 2022.
–Los beneficios fiscales no se encuentran debidamente dimensionados ni acotados. El reintegro del IVA, la desgravación del impuesto a las ganancias, el computo de quebrantos como pago a cuenta del impuesto a los combustibles, y la amortización acelerada generarán “gastos tributarios” indefinidos que deberían ser dimensionados por la Oficina de Presupuesto del Congreso Nacional, en forma previa a su tratamiento parlamentario.
–El régimen de cancelación para grandes inversores hidrocarburíferos (REICH), encubriría en realidad un salvataje impositivo a la empresa YPF que, en principio, sería la única que cumple las condiciones del proyecto. Por este régimen se podrá aplicar parte de sus pérdidas recientes al pago al impuesto a los combustibles, una situación que, por un lado aplicaría fondos públicos a beneficiar de forma injustificada a los accionistas privados de YPF (49% de participación) y, por otro, representaría una ventaja respecto a las restantes empresas del sector que de esta forma ya no compiten en igualdad de condiciones.
–No están explicitados los volúmenes de producción adicionales que se espera obtener con la promoción, ni los costos fiscales, ni los posibles ingresos de divisas por exportaciones, ni el monto de subsidios que esta política podría traer aparejada a lo largo de los próximos 20 años.
A esos cuestionamientos se sumaron los expresados por los legisladores oficialistas y aliados del Gobierno. Desde las filas kirchneristas y el Instituto Patria remarcaron que el proyecto abre la puerta hacia “una dolarización definitiva de la energía por los próximos 20 años y compromete el futuro de la economía ya que la energía es un insumo central para las familias, la generación de electricidad, la producción industrial y la industria petroquímica”.
Por su parte, la senadora neuquina Silvia Sapag (Frente de Todos) reclamó que “se revisen algunos aspectos para que las empresas que piensan invertir en la industrialización en origen de los hidrocarburos se sientan realmente tentadas y no que sigamos replicando el esquema usado hasta ahora que perjudica a las provincias productoras al no poder retener a las industrias petroquímicas que se instalen en otros sitios ligados a los puertos”.
A su vez, la senadora Lucía Crexell (Movimiento Popular Neuquino) planteó el interrogante de “por qué las dos empresas más beneficiadas del proyecto, que en su conjunto suman más del 65% de la producción de petróleo crudo y refinación en el país, son las que gozarán de los beneficios diferenciales, y por qué no se aplican estas disposiciones a las más de 50 empresas más pequeñas y que no llegan al 35% de la producción de crudo”.
En tanto, el senador rionegrino Alberto Weretilnek consideró que “es claramente anticonstitucional que el Poder Ejecutivo asuma el monopolio en la toma decisiones en desmedro de las provincias petroleras y que la Secretaría de Energía sea la autoridad de aplicación en las actividades de producción, transporte, almacenamiento, comercialización y exportación de gas natural licuado (GNL)”.
Nota editada en Informador Público