Por Antonio Rossi
Por medio del DNU 730, la administración de Alberto Fernández aprobó las condiciones y reglas de juego de la nueva versión del "Plan Gas 2023-2028" que tiene como objetivos centrales "el reaseguro y potenciación de la producción gasífera, el autoabastecimiento interno, la sustitución de importaciones, el aumento de las exportaciones y la expansión del sistema de transporte de transporte para todas las cuencas hidrocarburíferas".
La nueva normativa apunta a tres metas específicas: consolidar un bloque de volumen plano de poco más de 70 millones de metros cúbicos en los 365 días del año que fueron adjudicados en las anteriores rondas del Plan Gas; asegurar la demanda para los volúmenes incrementales que puedan evacuarse en el nuevo gasoducto troncal de Vaca Muerta que está en construcción y espera ser habilitado en junio del próximo año y procurar la máxima utilización de la capacidad de transporte disponible desde las cuencas Noroeste y Austral para sustituir con la producción gasífera local las importaciones de Gas Natural Licuado (GNL) y el consumo de combustibles líquidos por parte del sistema eléctrico nacional.
En la parte argumentativa del DNU, el Gobierno destacó que "desde el punto de vista técnico, económico, financiero, legal y logístico se torna imperioso el urgente lanzamiento del nuevo esquema en tanto la puesta en marcha de nuevos proyectos de inversión en materia de producción e infraestructura gasíferas requieren necesariamente de un desarrollo temporal mínimo, a los efectos de lograr el aumento de las inyecciones de gas natural con el horizonte previsto para el inicio del próximo período estacional de invierno".
El Plan Gas 2023-2028 contempla como propósitos específicos salientes "viabilizar las inversiones en producción de gas natural, proteger los derechos de los usuarios actuales y futuros, promover el desarrollo de agregado nacional en la industria gasífera, mantener los puestos de trabajo en la cadena de producción de gas natural y sustituir importaciones de gas por barco y el consumo de combustibles líquidos de las centrales térmicas.
Plan Gas 2023-2028: cláusulas y condiciones
En lo que respecta a las principales cláusulas y condiciones, el nuevo esquema establece que los volúmenes diarios de gas para garantizar el abastecimiento serán establecidos por la Secretaría de Energía que también tendrá a su cargo la asignación de condiciones preferenciales de exportación a las empresas productoras que participan del plan.
Los permisos de exportación en condición firme se otorgarán, en cada cuenca, a los productores adjudicatarios de acuerdo con una serie de pautas que se fijarán en la reglamentación del programa. Un porcentaje del cupo se asignará en función de la participación del volumen total del adjudicatario en todas las rondas del Plan en la cuenca de que se trate. Otra porción exportadora será distribuida entre quienes generen el mayor descuento en los precios ponderados en las distintas rondas de volúmenes incrementales base y estacional de invierno.
Ningún productor podrá exportar en cada período más del 30% del volumen total autorizado a colocar fuera del país o más del 50 % de su compromiso de entrega en el marco del Plan.
En materia de precios, se estima que los valores contractuales por los grandes volúmenes que se destinarán al mercado interno oscilarán entre u$s3,50 y u$s4,20 por millón de BTU. En tanto, para los despachos de exportación a Chile podrían alcanzarse precios que estarían entre los u$s7 y u$s8,30 por millón de BTU.
Escenario competitivo de subasta
Al igual que las versiones anteriores, el Plan Gas que regirá hasta 2028 prevé la implementación de un escenario competitivo de subasta -con un precio tope fijado por el Estado- que dará paso a la firma de contratos directos entre las productoras y las distribuidoras de gas que deben atender la demanda prioritaria de gas y entre las productoras y la Cammesa que seguirá siendo la única compradora de gas para las usinas de generación térmica.
La Secretaría de Energía, que comanda la massista salteña Flavia Royón, deberá tomar las medidas que sean necesarias para asegurar que "los precios del gas natural resultantes de los contratos se compatibilicen con la seguridad de abastecimiento con el mínimo costo para los usuarios".
Para eso, el DNU contempla que el Estado nacional podrá tomar a su cargo "el pago mensual de una porción del precio de la inyección comprometida por parte de las empresas productoras participantes con el fin de administrar el impacto del costo del gas natural incorporado a las tarifas de los usuarios".
En ese sentido, Energía y el Enargas deberán definir a partir del precio resultante en las rondas de las subastas de gas, cuáles serán los niveles de subsidio y los precios finales del gas que se trasladarán por "pass through" a usuarios residenciales según los distintos niveles y categorías en que se encuentren encuadrados.
A su vez, el nuevo esquema establece que el Estado nacional deberá crear un "sistema de garantía para respaldar el pago del diferencial entre el precio ofertado y el precio incluido en los cuadros tarifarios, el cual contará con un procedimiento de liquidación basado en los principios de celeridad y eficiencia administrativa, sin perjuicio de otros mecanismos como el reconocimiento de créditos fiscales que permitan garantizar a la productoras de gas el cobro de las compensaciones contractuales".
Fuente: iProfesional