12/02/24

Javier Milei se quedó sin su megazanahoria para captar inversiones privadas

El fracaso del proyecto dejó en el camino el régimen de incentivos para grandes proyectos. Los beneficios en juego y el rol clave del Congreso.

Por Antonio Rossi



Javier Milei, en el muro de los lamentos.

Pese al intento oficial de relativizar el traspié argumentando que englobaba “cambios y cuestiones de largo plazo”, la caída de la ley ómnibus dejó al Gobierno de Javier Milei sin una herramienta clave para atraer la llegada de inversiones privadas en los sectores productivos y de servicios.

Se trata del nuevo Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), que, salvo un punto conflictivo con las provincias, había logrado un apoyo mayoritario para sacarlo adelante en la Cámara de Diputados.

Con varios proyectos mineros y energéticos que estaban aguardando su aprobación para ser presentados, el retiro y traslado a comisión de la ley ómnibus, que podría morir sin siquiera regresar a esa instancia, puso al RIGI en una situación incierta.

A diferencia de otras modificaciones previstas en la ley que la administración mileísta podría implementar por medio de decretos de necesidad y urgencia (DNU), la megazanahoria de beneficios que prevé el nuevo régimen de promoción de inversiones no puede ponerse en practica por esa vía: debe contar indefectiblemente con el visto bueno del Congreso porque es el único poder legalmente habilitado para aprobar la baja de impuestos y las exenciones fiscales que están en juego.

De esta manera, si Milei quisiera mantener en pie el RIGI, debería bajar el tono de sus ataques a los gobernadores y al Parlamento y establecer una relación menos traumática que la actual para que la iniciativa pudiera ser tratada y aprobada.

Un festival stand by

Con un amplio menú de beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios, el RIGI tiene la particularidad de ser extensivo a la mayoría de los rubros económicos, energéticos y de infraestructura. Según el articulado de la ley, “alcanza a los sectores de Agroindustria, Infraestructura, Forestal, Minería, Gas y Petróleo, Energía y Tecnología, quedando el PEN facultado para incluir otros que considere de interés”.

Su ámbito de aplicación abarca la totalidad del territorio nacional y está orientado a captar grandes inversiones -en principio, deberían superar los US$ 200 millones- para proyectos de largo plazo que involucren “la construcción, adquisición, producción y desarrollo de activos” en los sectores alcanzados por la ley.

Si bien en el armado y la redacción del proyecto intervinieron el Jefe de Gabinete, Nicolás Posse, y el ministro de Economía, Toto Caputo; la mayor parte de la letra chica provino de Guillermo Ferraro, el exministro de Infraestructura.

Ferraro, que el viernes pasado presentó su renuncia -quince días después de que la Oficina del Presidente anunciara su salida-, diseñó el paquete de incentivos tomando en cuenta los planteos y las necesidades de los inversores que había relevado en su anterior puesto de ejecutivo de la consultora KPMG.

Entre los beneficios impositivos en juego se encuentran:

- Una alícuota única del Impuesto a las Ganancias del 25%;

- La actualización de quebrantos por IPC en Ganancias;

- Tratamientos tributarios preferenciales para las utilidades y dividendos;

- Contabilización del 100% del Impuesto a los Débitos y Créditos como pago a cuenta de Ganancias;

- Pago del IVA a proveedores y a la AFIP con certificados de créditos fiscales.

Según el análisis realizado por la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), por el lado aduanero los beneficios incluyen la exención de derechos de importación y tasa de estadística para el ingreso bienes de capital, repuestos y componentes destinados a los nuevos proyectos.

A eso se agrega la prohibición de restricciones a las exportaciones y la vía libre para que las compañías beneficiarias del RIGI lleven sus registros contables y estados financieros en dólares utilizando las normas internacionales de Información Financiera.

En lo que respecta a los incentivos cambiarios y comerciales, el nuevo esquema establece que las empresas podrán disponer libremente del 20% de sus divisas por exportaciones transcurrido el primer año; del 40% después del segundo año y del 100% a los tres años. En todos los casos, los proyectos gozarían de estabilidad tributaria, aduanera y cambiaria por un plazo de 30 años.

Tras invitar a las provincias y a los municipios a adoptar regímenes promocionales similares, el RIGI introdujo una arista conflictiva al fijar que los gobiernos del interior no podrían desvirtuar los beneficios otorgados por la Nación mediante el incremento de sus impuestos y tasas.

En caso de que no cumplieran con esa restricción, las autoridades nacionales podrían a retener de la coparticipación los montos cobrados por la suba de impuestos y contribuciones locales. Para la OPC, esa medida no podría ser aprobada porque va a contramano de las atribuciones establecidas en el artículo 75 de la Constitución Nacional, que le prohíben al Congreso legislar sobre tributos provinciales y municipales.

Nota Editada en LetraP