El panorama normativo que regula los contratos entre compañías petroleras y Estaciones de Servicio experimentará un giro significativo con la reciente sanción del Decreto de Necesidad y Urgencia número 70/2023 por parte del Poder Ejecutivo.
Esta medida, que entró en vigor el día de ayer, revoca, modifica y complementa más de 85 normativas vigentes desde el 20 de noviembre de 1914 hasta el 10 de noviembre de 2022.
Entre las derogaciones se destaca el Decreto 1060/2000, el cual estableció pautas para los contratos de abastecimiento exclusivo de combustibles. El mismo, fijaba plazos máximos de duración de ocho años para nuevas estaciones y cinco años para contratos de renovación o prórroga con estaciones existentes. Además, limitaba el market share de cada compañía a un 40 por ciento del total de estaciones de abanderadas y ofrecía una opción contractual irrevocable de compra de equipamiento al finalizar el contrato.
La motivación que le dio lugar, se basó en el artículo 42 de la Constitución Nacional, que busca preservar la competencia y prevenir distorsiones en los mercados. Sin embargo, a lo largo de los años, se observó una alteración en su espíritu, lo que generó críticas sobre su eficacia.
El nuevo DNU, al suprimir estas disposiciones, permite establecer los plazos contractuales a la voluntad de las partes involucradas, eliminando las restricciones previas. “Refleja la decisión del presidente Milei, quien sostiene que la intervención estatal debe reducirse para permitir una mayor autonomía de las partes en la regulación de sus acuerdos comerciales”, explica a surtidores.com.ar el abogado y Magister en Derecho Administrativo por la Universidad Austral, Luis Navas.
Al respecto, el especialista sostiene que la sanción del DNU 70/2023 marca un cambio significativo en la regulación del sector, dejando a las partes involucradas con mayor flexibilidad para definir los términos y plazos de sus contratos. “El impacto de esta medida en la dinámica del mercado de combustibles será un tema clave a seguir en los próximos meses”, puntualiza Navas.
Fuente: Surtidores